*Palacio Legislativo
Chetumal,
Quintana Roo.- Por unanimidad de los grupos parlamentarios del PAN, PRD, PRI,
PVEM, Nueva Alianza, MORENA, Encuentro Social y del diputado independiente, la
Decimoquinta Legislatura aprobó el paquete de reformas en materia de disciplina
financiera, con el que se dará estabilidad a las finanzas públicas de Quintana
Roo.
En
la sesión ordinaria número 19, presidida por la diputada Gabriela Angulo Sauri,
el Pleno del Congreso del Estado aprobó la minuta proyecto de decreto con
reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Constitución Política de
Quintana Roo, decretó la nueva Ley de Deuda Pública del Estado de Quintana Roo
y sus Municipios y reformó tres ordenamientos legales.
La
minuta que contiene reformas constitucionales, será turnada a los once
ayuntamientos del Estado, para que sean sometidas a la consideración de sus
respectivos cabildos.
El
diputado Emiliano Ramos Hernández, presidente de la Comisión de Hacienda,
Presupuesto y Cuenta de la Decimoquinta Legislatura, afirmó que con estas
reformas los quintanarroenses tendrán mayor certidumbre y verán con
transparencia el destino de los recursos públicos del estado.
La diputada
Mayuli Martínez Simón, coordinadora de la fracción parlamentaria del Partido
Acción Nacional (PAN), aseguró que las reformas responden a la demanda de la
sociedad quintanarroense de “poner la casa en orden, de apretarle el cinturón al gobierno y darle un respiro a los
ciudadanos”.
Martínez Simón
explicó que las iniciativas turnadas por el Ejecutivo estatal, responden a la
obligación legal de adecuar nuestra legislación con el texto federal, cuyo plazo vence en unas horas y tenen como
finalidad “prevenir que se repitan las prácticas del pasado”.
“El trabajo realizado por mis
compañeros legisladores, por toda esta legislatura, deja claro que cuando el
sentimiento de urgencia se junta con el deseo de cumplir, poco tiempo es
suficiente para hacer bien las cosas”, agregó.
Entre las reformas aprobadas, se
destaca la responsabilidad de los servidores públicos que sean responsables del
manejo indebido de los recursos y de la deuda pública, la facultad al Órgano de
Fiscalización Superior para fiscalizar las acciones del Estado y los municipios
en materia de fondos, recursos locales y deuda pública.
También se
establece la prohibición de contratar deuda pública para el pago de gasto
corriente, además que ningún empréstito podrá celebrarse sino para la ejecución
de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos.
En lo que
respecta a la nueva Ley de Deuda Pública del Estado de Quintana Roo y sus
Municipios, esta tiene por objeto establecer los criterios, bases y requisitos
para la programación, autorización, contratación, registro y control de la
deuda pública y las obligaciones que regirán al Estado, sus municipios y a los
demás entes públicos estatales sujetos a esta ley.
Con esta ley
se creará el Registro Estatal de Obligaciones y Financiamientos, a cargo de la
Secretaría de Finanzas y Planeación, el cual será público y tendrá como objeto
inscribir y transparentar la totalidad de los financiamientos y obligaciones a
cargo de los entes públicos.
Con las
reformas a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado
Quintana Roo, se regularán los límites en la asignación global de recursos para
servicios personales que se apruebe en el Presupuesto de Egresos.
Otra de las
novedades de la reforma es que en caso de que durante el ejercicio fiscal
disminuyan los ingresos, los primeros rubros de gasto que se ajustarán al
Presupuesto de Egresos serán los destinados a comunicación social, al gasto
corriente y al gasto en servicios personales.
Por
lo que refiere a las reformas, adiciones y derogaciones a la Ley de Coordinación Fiscal del Estado,
se establece en dicho ordenamiento que las participaciones que correspondan al
Estado y sus municipios adheridos al Sistema Estatal de Coordinación Fiscal,
son inembargables, y no estarán sujetas a retención alguna, salvo que exista
autorización expresa de la Legislatura a través de sus órganos técnicos.
Mientras
que con las reformas y adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado, se establece la obligación de los titulares de las dependencias de
la administración pública estatal, de proporcionar la información y
documentación relacionada con la captación, recaudación, administración,
manejo, ejercicio, cobro o recepción en pago directo o indirecto de recursos
públicos o participaciones federales, que le sea solicitada por la Auditoría
Superior de la Federación, en el desahogo del procedimiento de fiscalización de
las cuentas públicas.
También
se otorgaron nuevas facultades a la Secretaría de Finanzas y Planeación, como
las de realizar la evaluación del análisis socioeconómico de costo y beneficio
de cada programa o proyecto del Estado; integrar y administrar el Registro de
proyectos de inversión pública productiva del Estado, así como elaborar la
estimación del impacto presupuestario de las iniciativas de Ley o decretos que
se presenten ante la Legislatura del Estado y realizar las estimaciones sobre
el impacto presupuestario de las disposiciones administrativas que impliquen
costos para su implementación.