sábado, 16 de enero de 2016

IEQROO REALIZA PROCEDIMIENTO PARA DESIGNACIÓN Y/O RATIFICACIÓN DE DIRECTORES Y TITULARES DE UNIDADES TECNICAS




·         El día 19 de enero del año en curso y en Sesión, el Consejo General determinará la designación y/o ratificación de los servidores electorales.





Chetumal.- En estricto apego a los lineamientos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), el Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) lleva a cabo el procedimiento para la designación y/o ratificación de los servidores electorales titulares de las direcciones y Unidades Técnicas de este Instituto local, informó la Consejera Presidenta del IEQROO, Mayra San Román Carrillo Medina.

Para la designación y/o ratificación de estos servidores electorales, la Consejera Presidenta Mayra San Román Carrillo Medina, apuntó que los aspirantes deberán cumplir, al menos, con los siguientes requisitos:

La Consejera Presidenta del IEQROO, señaló que será el próximo 19 de enero del año en curso y en Sesión cuando el Consejo General determinará la designación y/o ratificación de los servidores electorales. La designación del Secretario General y de los titulares de las áreas de dirección, deberán ser aprobadas por al menos el voto de cinco Consejeros Electorales de un total de siete.

Ser ciudadano mexicano, además de estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar vigente; tener más de 30 años de edad al día de la designación; poseer al día de la designación, título profesional de nivel licenciatura, con antigüedad mínima de cinco años, y contar con los conocimientos y experiencia probadas que les permitan el desempeño de sus funciones.

Así como, gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial; no haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la designación, entre otras que establece la misma ley electoral.

Por último, dijo, que los casos no previstos por los presentes lineamientos podrán ser resueltos por la Comisión de Vinculación del Instituto Nacional Electoral, previa solicitud del Instituto Electoral de Quintana Roo.

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